Está tu clínica realmente preparada para realizar sedaciones? Guía completa para cumplir con la Instrucción 30/2025

Texto alternativo: Un odontólogo y su asistente realizan un procedimiento dental a un paciente en un sillón clínico, cumpliendo con los estándares de seguridad y acceso al paciente exigidos por la normativa de sedación.

La incorporación de técnicas de sedación en la odontología moderna no es solo una tendencia; es una respuesta a la demanda de pacientes que buscan experiencias sin dolor y con el mínimo estrés posible. Sin embargo, el paso de una clínica dental convencional a un centro autorizado para realizar sedaciones conlleva una responsabilidad clínica y legal de primer nivel.

En la Comunitat Valenciana, la Instrucción 30/2025 de la Conselleria de Sanidad ha unificado los criterios para garantizar que esta práctica se realice bajo los más altos estándares de seguridad. En este artículo, desglosamos punto por punto qué necesita tu clínica para cumplir con la normativa y, sobre todo, para proteger la salud de tus pacientes.

1. El Marco Legal: ¿Por qué es obligatoria la adecuación?

El cumplimiento de esta normativa no debe verse como un simple trámite administrativo. Su importancia se asienta en tres pilares fundamentales: seguridad del paciente, protección jurídica para el profesional y excelencia asistencial.

Para operar legalmente, cualquier clínica que desee incorporar la sedación debe solicitar la autorización de funcionamiento o modificación del centro sanitario ante la administración. Según el Real Decreto 1277/2003, las unidades se clasifican en:
 
  • Unidad U.44 (Odontología): Permite al propio dentista realizar sedaciones mínimas o ansiolisis si la instrucción lo autoriza.

     
  • Unidad U.35 (Anestesia y Reanimación): Es obligatoria para realizar sedación endovenosa o cuando se trate con pacientes de riesgo (ASA III) o menores de 5 años.

2. Clasificación del Paciente: El Criterio de Selección

La normativa es muy estricta respecto a quién puede realizar la sedación dependiendo del perfil del paciente. Se utiliza la Escala ASA (American Society of Anesthesiologists) para determinar el riesgo:

Tabla de Competencias según el Perfil

Perfil del PacienteNivel ASA I / IINivel ASA III (Compensado)
Adulto

Odontólogo en Clínica

 

Anestesiólogo en Clínica

 
Pediátrico (> 5 años)

Odontólogo en Clínica

 

Anestesiólogo en Clínica

 
Pediátrico (< 5 años)

Anestesiólogo en Clínica

 

Anestesiólogo en Clínica

Nota Crítica: Si el odontólogo realiza la sedación, solo puede usar medicación oral (como midazolam) o óxido nitroso inhalatorio (nunca excediendo el 50% de $N_2O$). Además, debe haber un responsable de la sedación distinto al profesional que opera, excepto en el caso de la sedación oral.

3. Requisitos de la Sala de Sedación: Infraestructura Técnica

La sala donde se realice la intervención no puede ser un box convencional sin adaptaciones. La Instrucción 30/2025 exige condiciones específicas de diseño para garantizar la maniobrabilidad en caso de emergencia.

Configuración del Espacio

  • Independencia: Debe ser un espacio cerrado y separado de las zonas comunes.

  • Movilidad 360°: El personal debe tener acceso libre por los cuatro lados del paciente.

  • Evacuación: Se debe garantizar físicamente que el paciente pueda ser evacuado en camilla hacia el exterior de forma rápida.

  • Mobiliario: Es obligatorio contar con un sillón o camilla que permita la posición de Trendelenburg (cabeza más baja que los pies) para gestionar posibles síncopes o crisis hemodinámicas.

Instalaciones y Respaldo Eléctrico

Uno de los puntos donde la inspección es más rigurosa es en la continuidad del suministro. La sala debe disponer de un Sistema de Alimentación Ininterrumpida (SAI) capaz de mantener todos los equipos de electromedicina funcionando durante al menos 20 minutos en caso de apagón.

4. Equipamiento de Monitorización: El Corazón de la Seguridad

Durante todo el proceso, el paciente debe estar monitorizado de forma continua mediante un equipo multiparamétrico que registre los siguientes signos vitales:

  1. Electrocardiografía (ECG): Para el control del ritmo cardíaco.

  2. Oximetría de pulso ($SpO_2$): Para vigilar la saturación de oxígeno en sangre.

  3. Capnografía ($EtCO_2$): Este es un requisito esencial para el seguimiento de la ventilación espontánea y la detección precoz de depresión respiratoria.

  4. Presión Arterial No Invasiva (PANI): Registro obligatorio antes y después del procedimiento.

En ytsmed.com recomendamos equipos como el Monitor E12, que integra todas estas funciones cumpliendo estrictamente con la normativa vigente.

5. El Carro de Paradas y el Soporte Vital

Toda clínica autorizada debe contar con un equipo de reanimación completo y funcional, adaptado a la edad de los pacientes que atiende.

Material de Vía Aérea y Ventilación

El maletín de rescate o carro de paradas debe incluir:

  • Monitor-Desfibrilador (DESA): Con electrodos para adultos y pediátricos.

  • Ventilación Manual: Bolsa-balón autoinflable (tipo Ambú®) con reservorio y mascarillas de tallas 3, 4 y 5.

  • Laringoscopio: Con juego de palas de diferentes tamaños.

  • Cánulas de Guedel: Kit de diversos tamaños para asegurar la apertura de la vía aérea.

  • Oxígeno Medicinal: Fuente con capacidad mínima de 200 litros y, obligatoriamente, una botella de repuesto cargada.

 

Documentación Clínica y Trazabilidad: La Seguridad Jurídica

La falta de documentación es una de las causas principales de sanciones en las inspecciones. La clínica debe tener protocolizados sus procesos por escrito.

Protocolos Obligatorios

  • Protocolo de Selección: Criterios de valoración clínica previa y asignación de la escala ASA.

  • Protocolo de Emergencia: Plan escrito de evacuación inmediata a un centro hospitalario.

  • Protocolo de Alta: Criterios estrictos para asegurar que el paciente está orientado y puede deambular antes de abandonar la clínica.

     

El Libro de Registro de Sedación

Es imperativo llevar un control exhaustivo de cada procedimiento, detallando el fármaco utilizado (nombre, fabricante y número de lote), la dosis exacta, la vía y los profesionales intervinientes. Además, el Consentimiento Informado para la sedación debe ser un documento específico e independiente del tratamiento dental.

7. Gestión de Medicamentos

La adquisición de los fármacos debe ajustarse a la normativa farmacéutica vigente. Solo se permite la compra directa a profesionales en centros debidamente autorizados. Además, es obligatorio realizar la declaración responsable ante la Conselleria de Sanidad para la gestión del depósito de medicamentos de la clínica.

Es vital controlar las caducidades, especialmente de los agentes reversores (como el flumazenil), que deben estar disponibles inmediatamente para revertir el efecto de los sedantes en caso de emergencia.
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Checklist de Verificación Final

Antes de solicitar tu inspección, asegúrate de marcar todos los puntos de esta lista:

✅¿La sala permite el acceso por los 4 lados del paciente?

✅¿Dispones de un SAI con 20 minutos de autonomía?

✅¿El monitor incluye capnografía ($EtCO_2$)?

✅¿Tienes botella de oxígeno de repuesto de 200L?

✅¿Están los protocolos de emergencia redactados y visibles?

✅Cuentas con desfibrilador con parches pediátricos (si aplica)?

Conclusión

La implementación de la Instrucción 30/2025 es un paso hacia la excelencia. Aunque los requisitos técnicos y documentales son exigentes, garantizan que la clínica dental sea un entorno de riesgo controlado. La inversión en equipamiento de alta calidad y la formación en protocolos no solo evita sanciones, sino que construye una relación de confianza inquebrantable con el paciente.

 

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